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El Banco entregará, bajo recibo, cuadernos de cheques conforme a la normativa aplicable. Dichos cuadernos podrán estar constituidos con fórmulas de cheques comunes o de pago diferido o bien contener ambos tipos de documentos.

Si el aludido cuaderno no fuere retirado personalmente por el titular de la cuenta, el girado no pagará los cheques que se presenten al cobro ni registrará los cheques de pago diferido que a tales efectos se le presenten mientras no cuente con la conformidad de la recepción por el titular de la Cuenta del cuaderno de cheques.

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